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Orbalia repetirá como uno de los expositores en Accountex 2023 en IFEMA, Madrid

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Principio DNSH: Clave para obtener subvenciones en Europa

Si tienes pensado solicitar alguna subvención con fondos europeos de las convocatorias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), deberás tener en cuenta el principio DNHS, de sus siglas en inglés Do No Significant Harm

Cada vez es más frecuente leer en las bases y convocatorias de ayudas o subvenciones financiadas con fondos europeos y estatales la frase “se deberá cumplir con el principio de no causar perjuicio significativo al medioambiente”. Pero ¿qué significa este concepto y cómo afecta a la obtención de subvenciones?

Importancia del principio DNSH para la obtención de subvenciones

El principio DNSH tiene un enfoque ético que busca minimizar los efectos adversos en la sociedad y el medio ambiente al otorgar subvenciones. Se basa en la idea de que cualquier acción que se emprenda no debe causar daños significativos en ninguna de estas áreas. En pocas palabras, se trata de asegurarse de que las subvenciones no tengan consecuencias negativas graves y que se promuevan las actividades económicas sostenibles y respetuosas. 

El Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR) únicamente permite financiar las actuaciones que respeten el principio DNSH. Por lo que, de no cumplirse con los objetivos medioambientales establecidos, la financiación podrá ser denegada. 

Objetivos Medioambientales

El principio DNSH se basa en 6 objetivos medioambientales a partir de los cuales se evalúa la viabilidad medioambiental de las actuaciones a financiar:

  1. Mitigación del cambio climático: Se considera que causan un daño significativo aquellas actividades que dan lugar a considerables emisiones de gases efecto invernadero.
  2. Adaptación al cambio climático: No cumplen el principio DNSH aquellas actuaciones que provoquen un aumento de los efectos adversos de las condiciones climáticas actuales y de las previstas en el futuro, sobre sí misma o en las personas, la naturaleza o los activos.
  3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos: No serán elegibles aquellas actividades que sean perjudiciales para el buen estado o el buen potencial ecológico de las masas de agua, incluidas las aguas superficiales y subterráneas, o el buen estado ambiental de las aguas marinas.
  4. Economía circular: Se valorarán las actividades que tengan en consideración la prevención y el reciclaje de residuos. 
  5. Prevención y control de la contaminación: Se considerará como una actividad perjudicial, aquellas que den lugar a un aumento significativo de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo. 
  6. Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas: Se considera que causan un daño significativo cuando resulten perjudiciales para el buen estado y la resiliencia de los ecosistemas, o perjudiciales para el estado de conservación de los hábitats y especies, incluidas las de interés para la Unión.

Para que una actividad sea conforme al principio DNSH, hay que justificar que se respetan cada uno de los 6 objetivos medioambientales.

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Qué Actividades son Elegibles

Solamente serán elegibles las actividades en las que se puede demostrar que no van a causar daños significativos a ninguno de los 6 objetivos medioambientales. Se diferencian 2 categorías:

Actividades que no tienen un bajo impacto ambiental. Podrán ser elegibles solo en casos excepcionales y claramente justificados, bajo ciertos requisitos. 

Actividades que tienen un bajo impacto ambiental.    La justificación de las mismas resultaría más sencilla como consecuencia de sus menores efectos ambientales.

Las actividades que afecten de forma significativa a uno o varios de los 6 objetivos medioambientales han de descartarse directamente. 

Hay que resaltar que, si una actuación contribuye sustancialmente a un determinado objetivo, no implica automáticamente que la misma sea conforme con el principio DNSH para el resto de objetivos, que tendrán que evaluarse de forma separada y específica. Además, es necesario considerar los efectos directos e indirectos de la actividad durante todo su ciclo de vida. 

Evaluación del Principio DNSH

Para poder determinar si las actuaciones que deseas llevar a cabo cumplen con el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente, tienes disponible un Cuestionario de Evaluación en el Anexo II de la Guía DNSH elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

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