es Español

Subvención a la inversión en Energías Renovables

Subvención a la inversión en Energías Renovables

Subvenciones destinadas al autoconsumo de energías renovables

Las energías renovables forman parte inevitable del abastecimiento y futuro de las nuevas generaciones donde, hacer uso de aquellas energías más ecológicas permiten un desarrollo sostenible y concienciado con el medio ambiente. Es por esto, que surgen ayudas a programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El plan de recuperación para Europa, nace con el nombre de “Next Generation EU este permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes en el que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, marcará la ruta a trazar. 

Este plan tiene entre sus objetivos que España apueste por la “descarbonización” invirtiendo en infraestructuras verdes, transitando desde las energías fósiles hasta un sistema energético más limpio, siendo la transición ecológica uno de sus cuatro ejes transversales.

Como medida incentivadora de esto nace la subvención destinada al autoconsumo a través del uso de energías renovables. 

El acceso a esta subvención se realizará a través de sus distintos programas de incentivos, los cuales se citan a continuación:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. 
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  •  Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. 
  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. 
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Los proyectos que tendrán la consideración de subvencionables son los siguientes:

  • Instalaciones eólicas y fotovoltaicas sin almacenamiento
  • Instalaciones eólicas y fotovoltaicas con almacenamiento
  • Incorporación de almacenamiento en instalaciones ya existentes.
 

Estos proyectos contarán con límites a la potencia a instalar, la cual dependerá de la forma jurídica bajo la que se realice el proyecto. Encontramos dos grandes grupos, por un lado, las personas físicas y autónomos quienes han de justificar que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida asociado a la instalación de autoconsumo, sea igual o superior al 80% de la energía anual generada y como segundo grupo los restantes.

Por otro lado, para todas las actuaciones realizadas encontraremos un límite de 5 MW de potencia a instalar para autoconsumo y sólo una subvención por destinatario y ubicación ligada a un mismo consumo. Esto quiere decir que, una misma persona puede solicitar varias veces la subvención si tiene domicilios distintos, pero no puede realizar una solicitud para un punto de suministro el año 1 y luego el año 2 volver a pedirla para ampliar la misma instalación

Una vez que sepamos qué tipo de proyectos son subvencionables y sus límites en lo que a potencia se refiere, surge la duda acerca de los plazos para la realización de estos. Los proyectos se podrán comenzar una vez presentada la solicitud (en el sector de empresas) y en cualquier momento en el sector de particulares y autónomos. El límite para realizar el proyecto y justificar la subvención será de 18 meses a contar desde la resolución de concesión. El plazo máximo para resolver es de 6 meses desde la presentación de la ayuda.

En cuanto a las cuantías a las que podremos acceder encontramos las siguientes, en función de si la solicitamos como empresa o como particular:

Empresas (Máximo de 15 millones de euros para una empresa o proyecto) encontramos diferencias en función de su tamaño 

  • Pequeña empresa , entre el 35% y el 65%
  • Medianas empresas, entre el 25% y el 55%
  • Grandes empresas, entre el 15% y el 45%

Particulares Se calcula en relación a los Kwp que se instalen, este variará tal y como se muestra a continuación

  • Particulares vivienda unifamiliar para autoconsumo (fotovoltaica y eólica) – 40% aproximado
  • Particulares vivienda unifamiliar para almacenamiento (baterías) – 70% aproximado
  • Comunidades de propietarios autoconsumo (fotovoltáica y eólica) – 50% aproximado
  • Comunidades de propietarios para almacenamiento (baterías) – 70% aproximado

La vigencia de este programa de ayudas está planteado hasta el 31/12/2023, si bien al ser por orden de llegada, podría acabarse el presupuesto antes de esta fecha. 

¿Tienes un proyecto? Hablemos.

Nuestro equipo está preparado para resolver todas tus dudas, consúltanos sin compromiso.

Ir al contenido